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Nueva Versión del Formulario de Impuesto a la Renta de Personas Naturales

Boletín de Prensa

El Servicio de Rentas Internas habilitará el jueves 16 de febrero de 2023 la nueva versión del formulario de impuesto a la renta de personas naturales, que incluye los siguientes cambios (de acuerdo a la Ley Orgánica para el Desarrollo Económico y Sostenibilidad Fiscal tras la Pandemia COVID-19):

Para las personas naturales obligadas a presentar la declaración del impuesto a la renta:

 

  • Se incorporan nuevos casilleros que permiten efectuar el cálculo automático de la rebaja de gastos personales.

 

Para las personas naturales que se encuentran dentro del Régimen RIMPE:

 

  • Negocios populares: Permite acceder a la declaración simplificada para el pago de la cuota anual de USD 60.

 

  • Negocios populares con actividades excluyentes y emprendedores: Permite realizar la declaración y pago de impuesto a la renta conforme lo establecido en la tabla progresiva del Art. 97.6 de la Ley de Régimen Tributario Interno.

 

Los contribuyentes que están obligados a declarar y pagar el Impuesto a la Renta son:

  • Las personas naturales obligadas a llevar contabilidad.

 

  • Las personas naturales no obligadas a llevar contabilidad que estén en el régimen general y que tengan ingresos brutos gravados que excedan de la fracción básica no gravada para el cálculo del impuesto a la renta de personas naturales (año 2022 USD. 11.310,00).

 

  • Las personas naturales que se encuentren dentro del régimen RIMPE negocios populares o emprendedores y los contribuyentes que obtengan ingresos por otras fuentes adicionales a la actividad empresarial sujeta al Régimen RIMPE.

 

  • Los trabajadores en relación de dependencia que deban reliquidar el pago del impuesto a la renta y/o hayan utilizado el beneficio de la rebaja de gastos personales, quienes obtuvieron rentas en relación de dependencia con dos o más empleadores o recibieron

además de su remuneración, ingresos de otras fuentes que superen la fracción básica  no gravada para el cálculo del impuesto a la renta personas naturales.



Plazos de Declaración para personas naturales dentro del Régimen General

Si el noveno dígito es Fecha de Vencimiento (hasta el día)
1
10 de marzo
2
12 de marzo
3
14 de marzo
4
16 de marzo
5
18 de marzo
6
20 de marzo
7
22 de marzo
8
24 de marzo
9
26 de marzo
28 de marzo

Plazos de declaración para personas naturales dentro del Régimen RIMPE:

Si el noveno dígito es Fecha de Vencimiento (hasta el día)
1
11 de marzo
2
13 de marzo
3
15 de marzo
4
17 de marzo
5
19 de marzo
6
21 de marzo
7
23 de marzo
8
25 de marzo
9
27 de marzo
29 de marzo